Las horas no lectivas son el 35% mínimo de tu contrato docente destinado a planificación, evaluación y trabajo colaborativo fuera del aula, según la Ley 20.903.
¿Qué dice la ley sobre las horas no lectivas?
La Ley 20.903 de Desarrollo Profesional Docente establece que del total de horas contratadas, un máximo de 65% puede ser lectivo (aula) y un mínimo de 35% debe destinarse a actividades no lectivas. Esta proporción es obligatoria para todos los establecimientos que reciben subvención estatal.
¿Qué actividades incluyen las horas no lectivas?
- Planificación de clases: Preparación de material, diseño de actividades y secuencias didácticas.
- Evaluación: Corrección de pruebas, elaboración de instrumentos evaluativos, retroalimentación.
- Trabajo colaborativo: Reuniones de departamento, consejos técnicos, trabajo con equipos PIE.
- Desarrollo profesional: Capacitación, investigación pedagógica, actualización disciplinar.
- Atención de apoderados: Entrevistas programadas y comunicación con familias.
¿Cómo calcular tus horas no lectivas?
La fórmula es simple: horas de contrato × 0,35. Por ejemplo:
- 44 horas: 44 × 0.35 = 15.4 horas no lectivas
- 38 horas: 38 × 0.35 = 13.3 horas no lectivas
- 30 horas: 30 × 0.35 = 10.5 horas no lectivas
¿Qué pasa si no se respeta el 35%?
Si tu establecimiento asigna más del 65% en aula, incumple la normativa docente vigente. Puedes reclamar ante la Dirección del Trabajo o la Superintendencia de Educación.
Verifica tu distribución horaria
Usa la Calculadora Express para verificar si tu distribución cumple con la proporción 65/35 según tu contrato y sector.