Normativa Docente Chile

Referencia legal consolidada — valores VMHC 2026 sincronizados con calculadoras

Última actualización: 2026-06-20

1. Regla 65/35 — Proporción Lectivas / No Lectivas

La Ley 20.903 (art. 69, inc. 2° del DFL 1/97) establece que la jornada de trabajo de los profesionales de la educación que se desempeñen en funciones docentes se distribuirá en:

65%

Máximo horas lectivas

Docencia directa en aula

35%

Mínimo horas no lectivas

Planificación, evaluación, trabajo colaborativo

Vigencia: La proporción 65/35 rige desde el 1 de marzo de 2019 para todos los establecimientos del sector municipal y subvencionado, conforme a la gradualidad definida por la Ley 20.903.

Aplicación: Se calcula sobre el total de horas cronológicas de contrato. Para un contrato de 44 horas: máximo 28.6 horas lectivas y mínimo 15.4 horas no lectivas.

2. Rangos de Horas por Sector

El rango de horas de contrato varía según el sector del establecimiento, conforme al artículo 68 del DFL 1/97 (Estatuto Docente) y los dictámenes CGR aplicables.

SectorRango (horas cronológicas)Proporción 65/35Base normativa
Municipal1 – 44 horasObligatoriaArt. 68 DFL 1/97; Ley 20.903
Part. Subvencionado1 – 44 horasObligatoriaArt. 68 DFL 1/97; Ley 20.903
Particular PagadoSegún contrato individualNo aplicaCódigo del Trabajo; contrato privado

Nota: El máximo legal de 44 horas semanales aplica al total de contratos que un docente tenga vigentes, considerando todos sus empleadores (Art. 68, Estatuto Docente).

3. Excepciones Aplicables

Los siguientes dictámenes de la Contraloría General de la República (CGR) y ordinarios de la Dirección del Trabajo (DT) establecen excepciones y criterios interpretativos sobre la distribución horaria.

CGR Dictamen N° 27.854/2016

Criterios de permanencia en el establecimiento

Ver dictamen
  • Las horas no lectivas deben cumplirse preferentemente en el establecimiento.
  • El empleador puede autorizar que parte de las horas no lectivas se realicen fuera del establecimiento.
  • La permanencia en el establecimiento no es absoluta — depende de la naturaleza de las actividades no lectivas asignadas.
  • Con 43 o más horas de contrato en sector municipal, la colación se computa dentro de la jornada de permanencia.

CGR Dictamen N° 34.833/2013

Interpretación de la distribución horaria

Ver dictamen
  • La distribución de la jornada debe respetar la proporción legal entre horas lectivas y no lectivas.
  • No procede que el empleador asigne horas lectivas por sobre el máximo legal, aun con consentimiento del docente.
  • Los recreos y tiempo de colación no se contabilizan como horas lectivas ni no lectivas — son parte de la jornada pero no de la carga horaria docente.

Ordinarios de la Dirección del Trabajo (DT)

Criterios interpretativos complementarios

  • Los docentes a tiempo parcial también tienen derecho a la proporción 65/35 aplicada sobre sus horas de contrato.
  • El empleador no puede modificar unilateralmente la distribución horaria sin respetar los mínimos legales.
  • En caso de jornadas excepcionales o modificaciones curriculares transitorias, se debe mantener el porcentaje anual promedio.

4. Tablas VMHC (Valor Mínimo Hora Cronológica)

El VMHC es el piso mínimo de remuneración por hora cronológica para los profesionales de la educación. Se fija por decreto y varía según el nivel educativo. Valores vigentes 2026: básica $19.992/h, media $21.034/h.

Educación Básica (Prebásica y Básica)

VigenciaVMHC (CLP)RBMN 44h (CLP)
Dic 2022 – Nov 2023 $15.056$662.464
Dic 2023 – Nov 2024 $15.694$690.536
Dic 2024 – Nov 2025 $16.513$726.572
Dic 2025 – Nov 2026 Vigente$19.992$879.648

Educación Media

VigenciaVMHC (CLP)RBMN 44h (CLP)
Dic 2022 – Nov 2023 $15.832$696.608
Dic 2023 – Nov 2024 $16.503$726.132
Dic 2024 – Nov 2025 $17.363$763.972
Dic 2025 – Nov 2026 Vigente$21.034$925.496

RBMN = Remuneración Básica Mínima Nacional. Se calcula como VMHC × horas de contrato. Para 44 horas: VMHC × 44.

Los valores se actualizan anualmente por ley de reajuste del sector público. Las calculadoras de sueldo y bienios usan estos mismos valores en tiempo real.

5. Escalas de Bienios (Asignación de Experiencia)

La asignación de experiencia (bienios) se incrementa en un 6.76% de la RBMN por cada 2 años de servicio docente, con un tope de 100% (15 bienios = 30 años). Regulada por el Art. 48 del DFL 1/97 (Estatuto Docente).

Educación Básica — RBMN 44h: $879.648

Bienio N°Años% acumuladoMonto mensual (CLP)
12 años6,76%$59.464
24 años13,52%$118.928
36 años20,28%$178.393
48 años27,04%$237.857
510 años33,80%$297.321
612 años40,56%$356.785
714 años47,32%$416.249
816 años54,08%$475.714
918 años60,84%$535.178
1020 años67,60%$594.642
1122 años74,36%$654.106
1224 años81,12%$713.570
1326 años87,88%$773.035
1428 años94,64%$832.499
1530 años100% (tope)$891.963

Educación Media — RBMN 44h: $925.496

Bienio N°Años% acumuladoMonto mensual (CLP)
12 años6,76%$62.564
24 años13,52%$125.127
36 años20,28%$187.691
48 años27,04%$250.254
510 años33,80%$312.818
612 años40,56%$375.381
714 años47,32%$437.945
816 años54,08%$500.508
918 años60,84%$563.072
1020 años67,60%$625.635
1122 años74,36%$688.199
1224 años81,12%$750.762
1326 años87,88%$813.326
1428 años94,64%$875.889
1530 años100% (tope)$938.453

Esta página es una referencia informativa consolidada. No constituye asesoría legal. Consulte siempre las fuentes oficiales (CGR, DT, BCN) para interpretaciones vinculantes.